jueves, 18 de enero de 2018

TEMA 5: EL DERECHO DEL TRABAJO

- LA RELACIÓN LABORAL

Actividad 1. Derecho laboral
¿Cuáles son las 5 características que debe reunir una actividad para que se le aplique el derecho laboral?
1. El trabajo debe ser personal
2. Voluntario
3. Retribuido. Salario
4. Dependiente
5. Por cuenta ajena 


Actividad 2. Relaciones excluidas
Busca en el Estatuto de los Trabajadores (norma principal del derecho laboral en España) el apartado 3 del artículo 1º, e indica las relaciones que están excluidas de su ámbito de aplicación.

- Las funcionarios públicos
- Prestaciones obligatorias
- Amistad, buena vecinidad o benevolencia
- Trabajos familiares (hasta 2º grado) no retribuidos
- Consejero o miembros de órganos de administración de sociedades
- Comisionistas
- Autónomos
- Traportistas con vehículos propios  


ACTIVIDAD 1:

Indica cuáles de las siguientes son relaciones laborales, relaciones laborales especiales y aquellas que están excluidas del derecho laboral:


a) Mario trabaja como dependiente en una tienda de moda juvenil con un contrato de trabajo temporal -RL

b) Tomás es discapacitado y trabaja en un centro especial de empleo.-RLE

c) Miriam presta servicios como voluntaria de Protección Civil.- EXCLUÍDA

d) Mariola es Gerente (empleada de alta dirección) en su empresa.-RLE

e) Carmelo creó su propia empresa textil. EXCLUÍDO

f) José trabaja como empleado de hogar durante 3 horas cada lunes, miércoles y viernes.-RLE

g) Pedro es Policía municipal en Alicante.-RL Excluida

h) Carolina es presidente de una mesa electoral.-RL Excluida

i) Herminia, profesora de FOL de un IES público, funcionaria pública desde hace 5 años.- RL EXCLUÍDO

j) David Bustamante, cantante profesional.- RLE

k) Álvaro, profesor de FOL en un IES privado.- RL

l) Emilio, contable de la empresa Vodafone- RL

m) Mireia Belmonte, nadadora profesional.-RLE

n) Gonzalo es agente comercial y sólo cobra comisión de las ventas que consigue realizar.-RL Excluida

o) Maribel, que vive con sus padres, les ayuda algunos sábados en la tienda que tienen.-RL Excluida


p) Pilar, diseñadora gráfica, trabaja desde casa realizando diseños gráficos a todas las empresas que se lo solicitan- RL Excluida


Actividad 2. Estatuto de los Trabajadores y normativa específica.

Busca en el Estatuto de los Trabajadores las relaciones laborales que se consideran especiales y, posteriormente, busca cuál es la norma que regula cada una de estas relaciones especiales.

-Personal de alta dirección: se considera a aquel que ejecuta poderes inherentes a la titularidad de la empresa con autonomía y responsabilidad sólo limitada por los criterios e instrucciones del titular de la empresa; en su normativa propia esta prohibido que celebren otros contratos con otras empresas sin el consentimiento de este, ademas el empresario puede despedirle de forma unilateral sin necesidad de alegar ninguna causa. Decreto 1985

-Empleados hogar familiar: son aquellos que acuerdan con el titular del hogar que serán el empleador la prestación de servicios doméstico retribuidos están excluidos de esta regulación los trabajos domésticos de una empresa como aspectos contemplados en su regulación específica encontramos entre el fin de una jornada y el inicio de la siguiente tendrá como mínimo 10 h u 8h. Decreto 2011

Penados:regulada por la Ley Orgánica General Penitenciarias, se le aplica a los presos que hacen actividades profesionales en los talleres. Se le aplica la normativa del estatuto de los trabajadores. Decreto 2001

Deportistas profesionales:los contratos siempre temporales, pueden ser cedidos a otros clubes y se admiten sanciones económicas por parte del club para el que trabaja. Decreto 1985

Artistas: regulación específicas para sus períodos de pruebas. Decreto 1985


Representantes de comercio que no asumen el riesgo de las operaciones: en la regulación específica encontramos que lo contratos temporales tengan una duración máxima de 3 años y en caso de dimitir el trabajador debe comunicarlo a la empresa con una antelación mínima de 3 meses. Decreto 1985

Discapacitados en centros especiales: prohibida realizar horas extraordinarias, salvo para reparar o prevenir siniestros, ademas tienen un régimen especial de bonificaciones de las cuotas a pagar a la seguridad social, se puede pactar en su contrato un período de adaptación en su puesto de trabajo. Decreto 1985

Estibadores: se pueden realizar sólo contratos indefinidos. Decreto 1086

Médico residente (MIR) y Abogados en despachos profesionales: no se les puede realizar un período de prueba o que sus jornadas y descansos están determinados por una normativa especial, por otro lado aquellos abogados que trabajan para titulares en un despacho de abogados también son considerados relaciones especiales y poseen una normativa especifica que regula su relación laboral y tienen derecho a una recompensa económica por los clientes que aporten al despacho al inicio de su relación laboral además poseen también una normativa específica en los regímenes de exclusividad, pactos de permanencia y de no competencia una vez acabado el contrato. Decreto 2006

Cualquier otro trabajo que sea expresamente declarado por la Ley. 

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